• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 4/2024
  • Fecha: 11/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El litigio tiene como cuestión nuclear determinar si la cotización a la Seguridad Social, en lo correspondiente a la cuota empresarial, puede ser trasladada y asumida por los trabajadores firmantes del contrato posdoctoral, para lo cual han de interpretarse los términos de la convocatoria, determinarse la naturaleza del contrato que a través de ella se ha instrumentado, y, en definitiva, si es posible excluir en el extremo que se discute, la regulación laboral de cobertura. No se impugna directamente ninguna resolución admnistrativa ni ningún acto de gestión recaudatoria, dirigiéndose el conflicto colectivo contra la universidad demandada como empleadora para que no se detraiga del salario del colectivo afectado el pago de las cotizaciones correspondientes al empresario, lo que es propio del ámbito competencial del orden social de la jurisdicción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 340/2021
  • Fecha: 11/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sentencia apuntada resuelve los recursos de casación interpuestos por los sindicatos LAB y ELA contra la resolución de la Audiencia Nacional del 12 de julio de 2021 en el caso de conflicto colectivo contra Sidenor Aceros Especiales SLU. Consta que, en octubre de 2020, LAB y ESK presentaron demandas colectivas contra Sidenor, solicitando la nulidad o declaración de injustificación del Expediente de Regulación Temporal de Empleo que afectaba parcialmente los contratos de trabajo. Similarmente, ELA y una demanda conjunta de UGT, CCOO y USO también cuestionaron el mismo ERTE. Las demandas fueron acumuladas en un solo procedimiento por Auto de la Audiencia Nacional en octubre de 2020. En mayo de 2021, durante el acto de conciliación, Sidenor llegó a un acuerdo con los sindicatos mayoritarios (UGT, CCOO y USO), aceptando mejorar las prestaciones de desempleo de los trabajadores afectados por el ERTE y reconociendo derechos de vacaciones y pagas extraordinarias. LAB, ESK y ELA no aceptaron el acuerdo y presentaron recursos de revisión contra el decreto de la Letrada de la Administración de Justicia que aprobó el acuerdo. La Audiencia Nacional desestimó los recursos de revisión presentados por LAB y ELA, argumentando que la acumulación de demandas y el acuerdo alcanzado eran procedentes y que los sindicatos mayoritarios tenían la capacidad de representar a todos los trabajadores en el conflicto colectivo. Los recursos de casación de LAB y ELA cuestionaron la legalidad del acuerdo,
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 2107/2023
  • Fecha: 05/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Existe afectación general al haber constancia de que se ha planteado similar cuestión ante diferentes órganos judiciales de todo el territorio nacional, dictándose un importante número de sentencias por las Salas de lo Social e, incluso, llegando a la Sala 4ª diferentes recursos de unificación de doctrina sobre la misma materia. Reitera doctrina establecida en STS de 23 de noviembre de 2021, rcud 3372/2020
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 3323/2023
  • Fecha: 31/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recuerda esta sentencia que la competencia funcional para conocer del recurso de suplicación es revisable de oficio, sin que la Sala quede vinculada por la decisión que se haya adoptado al respecto en el propio trámite de suplicación, porque la recurribilidad en casación, depende a su vez, de que la sentencia de instancia sea recurrible en suplicación. La aplicación de esta doctrina al supuesto litigioso, que traía su causa en la pretensión de la actora en reclamación de cantidad, concretamente por el concepto de paga extra de verano, postulando que la empresa debe abonar a la trabajadora la parte proporcional al tiempo trabajado y devengo de dicha paga, es decir del 1 de julio de 2019 al 20 de marzo de 2020, (8,67 meses). La determinación cuantitativa que efectúa el escrito es la siguiente: 1419,48 €/12 = 118,29X8,67 meses = 1025,57 euros; dado que le abonaron 623,95 €, existe una diferencia a favor de la actora de 401,62 euros, que es la suma total que aquella peticiona, obliga a la Sala a estar al valor económico anual de la pretensión ejercitada, y a apreciar de oficio que el mismo no alcanzaban la cuantía mínima legalmente exigible para acceder al recurso de suplicación. Tampoco concurre la afectación general.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 1948/2023
  • Fecha: 31/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión suscitada se centra en determinar si cabe recurso de suplicación contra el auto del juzgado de lo social que tiene por desistida de la demanda a la trabajadora que no comparece al acto de conciliación y juicio, auto que así mismo le impone el pago de las costas del procedimiento en cuantía de 300 euros. El único extremo del auto que se impugna es la imposición de costas. El TS, con remisión a pronunciamiento previo, y en interpretación de los arts 83.2 y 191.4 LRJS, confirma la falta de competencia funcional de la Sala de Suplicación. El auto recurrido no se encuentra en ninguno de los supuestos del art 191.4 c) LRJS porque no concurre causa legal que impida la ulterior reproducción de la demanda, siendo la condena al pago de las costas una consecuencia accesoria de la resolución impugnada, que tampoco puede tener acceso a la suplicación si no lo tiene la resolución judicial a la que ese pronunciamiento se incorpora, no cabiendo en definitiva considerar la decisión sobre las costas, cualquiera que sea el fundamento de la misma, como un objeto procesal autónomo que por sí mismo pueda ser susceptible de recurrirse en suplicación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 3574/2022
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión suscitada en la sentencia anotada es la relativa a determinar si en fase de ejecución de títulos judiciales procede condenar en costas al ejecutado condenado, en concreto, las relativas a los honorarios del letrado. Pero, el TS declara de oficio la falta de competencia funcional de la sala de suplicación al no tener los autos dictados en ejecución de sentencia en relación con las costas ocasionadas por los honorarios del letrado ejecutante acceso al recurso de conformidad con el art. 191.4 d) de la LRJS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 712/2022
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Si ciertos conceptos retributivos que percibe de la empresa del sector de seguridad privada en la que presta servicios el trabajador- en concreto el plus de transporte y el de mantenimiento de vestuario- deben o no incluirse en el salario regulador que rige la prestación con cargo al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), en atención a su naturaleza salarial o extrasalarial. Las cantidades recogidas en el título ejecutivo en concepto de plus de transporte y de mantenimiento de vestuario en cuantía de 2.763,88 €, que son los ahora reclamados en demanda. Falta de competencia funcional de la Sala de suplicación, por no alcanzar las cantidades reclamadas la cuantía de 3.000 euros. Anula de oficio las resoluciones impugnadas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2057/2022
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La actora trabajaba como personal laboral fijo de la Consellería de Política Social y reclamaba ciertos complementos salariales por peligrosidad y penosidad durante su traslado temporal a la Residencia de Mayores Volta do Castro. El Juzgado de lo Social desestimó su demanda y el TSJ también desestimó el recurso de suplicación argumentando que la cuantía anual de los complementos reclamados no superaba los 3.000 euros necesarios para permitir el acceso a suplicación. La trabajadora presentó recurso de casación para la unificación de doctrina al entender que la cuantía reclamada sí superaba el umbral para el recurso. El Tribunal Supremo estima el recurso citando jurisprudencia que permite sumar varias pretensiones para determinar la cuantía litigiosa, concluyendo que la reclamación de la trabajadora era recurrible en suplicación. En consecuencia, el Tribunal Supremo anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia y declaró la recurribilidad de la sentencia de instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2214/2022
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La afectación general no resulta apreciable por la posible proyección general de un litigio, sino que es preciso que esa proyección se traduzca en un nivel de litigiosidad relevante y actual sobre el problema que se debate, de forma que no cabe confundir el número de destinatarios potenciales de la norma aplicable con el nivel de litigiosidad sobre la misma, que es el que ha de tenerse en cuenta a efectos de la afectación general. Para apreciar la existencia de tal afectación no es necesario que se hayan incoado muchos procesos judiciales a consecuencia de la cuestión que la produce, sino que basta con la existencia de la situación de conflicto generalizado
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 1599/2021
  • Fecha: 23/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre la sentencia que confirmó la extinción de la prestación decidida por el SPEE, confirmando el ajuste a derecho de la declaración de indebida de la percepción de prestaciones por desempleo en una cuantía de 2.538,58 € correspondientes al período indicado, cuantía que el demandante deberá reintegrar. La Sala IV analiza la posible incompetencia de jurisdicción, con independencia del analisis de la contradicción.En la demanda se impugna una resolución sancionadora de la entidad gestora de las prestaciones por desempleo. Respecto de la recurribilidad de las sentencias que resuelven tales impugnaciones, hay que estar a lo dispuesto en el art 192.4 LRJS. Por tanto, si lo que se impugna, como ocurre en este caso son actos administrativos en materia laboral o de Seguridad Social se atiende, a los efectos del recurso, al contenido económico de la prestación o del acto objeto del proceso, en su caso, en cómputo anual; al valor económico de lo reclamado o a la diferencia con lo reconocido en vía administrativa, cuando lo que se pretende es el reconocimiento de un derecho o de una situación jurídica individualizada; y al contenido económico del acto cuya anulación se pretende, incluidos los actos de carácter sancionador, como el que nos ocupa. Y siendo que el importe económico del acto cuya revocación se pretendió en la demanda no llega a 3.000 €, resulta que la sentencia del Juzgado de lo Social no era susceptible de recurso de suplicación.

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